Micelio
Auto18 de mayo de 2006

A- de 2006

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Eduardo·Demandado Comfenalco Eps

Tema · dato duro
Derecho A La Vida, La Salud, La Seguridad Social, La Igualdad Y La Dignidad Humana De Persona Que Estuvo Afiliada A Comfenalco En Calidad De Cotizante Y Al Que Se Le Vencio El Periodo De Proteccion Laboral Al Que Tenia Derecho Por La Terminacion Del Vinculo Laboral, Por La Negativa De La Entidad De Asumir El Costo Del Examen De Carga Viral Formulado Por Su Medico Tratante. La Corte Constitucional En Consideracion A Que Se Hace Necesario Dictar Una Medida Provisional Que Salvaguarde El Derecho A La Salud En Conexidad Con El Derecho A La Integridad Y El Derecho A La Vida Digna Y Hasta Tanto Se Adopte Un Fallo Definitivo Al Respecto Ordena Se Autorice La Practica Del Examen De Carga Viral Teniendo Que Asumir Provisionalmente Comfenalco Los Costos Del Examen
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Entidad Promotora De Salud
  • Medida provisional mientras se adopta fallo definitivo para salvaguardar derechos de persona con enfermedad catastrófica
  • Realización examen de carga viral para iniciar tratamiento de enfermedad catastrófica
  • Suministro servicios en salud incluidos en el POS sometidos a periodos mínimos de cotización
Medidas Provisionales Para Proteger Un Derecho Fundamental
  • Busca evitar la violación de este o que se torne más gravosa
Reglamento De La Corte Constitucional
  • Decreto y práctica de pruebas en proceso contra EPS para salvaguardar derechos de personas con enfermedad catastrófica
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Ordenar a la Secretaria General de la Corte Constitucional que los nombres y los datos que permitan identificar al accionante del expediente T-1315769, en el auto 166 de 2006 y la sentencia T-760 de 2008, sean suprimidos de toda publicacion actual y futura.
  2. Segundo. Ordenar a la Relatoria de la Corporacion que en la pagina web de la Corte Constitucional sean reemplazadas las versiones actuales del auto 166 de 2006 y la sentencia T-760 de 2008 por las que resulten de cambiar los nombres y datos de identificacion del peticionario por datos ficticios, providencias que se anexan al presente auto.
  3. Tercero. Ordenar por Secretaria General al Juzgado Trece Civil Municipal de Medellin, que profirio el fallo de primera instancia en el proceso de tutela instaurado por Eduardo25 contra Comfenalco EPS, que se encargue de salvaguardar la intimidad del accionante, manteniendo la reserva sobre el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.